Funciones Legales de la Secretaría Municipal
Conforme al Artículo 20 de la Ley N° 18.695, la Secretaría Municipal está a cargo de un secretario municipal que ejerce de ministro de fe en todas las actuaciones municipales y cumple las siguientes atribuciones esenciales:
Ministra de Fe
Certificar y autenticar los decretos alcaldicios, reglamentos, contratos, convenios y resoluciones oficiales dictadas por la Municipalidad de Santa María.
Secretaría del Concejo
Desempeñarse como secretaria del Concejo Municipal, redactar las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias, y dar seguimiento formal a los acuerdos adoptados.
Oficina de Partes y Archivo
Recibir, registrar y distribuir toda la correspondencia y documentación dirigida al Alcalde, Concejo o unidades municipales, resguardando el archivo histórico comunal.
Registro de Organizaciones Comunitarias (Ley N° 19.418)
La Secretaría Municipal custodia el Registro Público Comunal de Organizaciones Territoriales y Funcionales:
Certificados de Vigencia de Directiva
ComunidadEmisión de certificados oficiales de personalidad jurídica y vigencia de directivas para postulaciones a proyectos (FONDEVE, FFOIP, 8% FNDR) y trámites bancarios.
Constitución de Nuevas Organizaciones
ParticipaciónOrientación legal y presencia del ministro de fe en asambleas constitutivas de juntas de vecinos, clubes deportivos, agrupaciones de adulto mayor y comités de adelanto.
Elecciones y Renovación de Directorios
LegalidadRecepción y revisión de actas eleccionarias de las Comisiones Electorales (CEN) de organizaciones comunitarias conforme al marco de la Ley N° 19.418.
Toda carta, solicitud o requerimiento formal dirigido al Alcalde o al Concejo Municipal debe ser ingresado a través de la Oficina de Partes en el Edificio Consistorial. Para conocer la conformación del Concejo, consulte la página de Concejales Comunales.